Febrero 07 2022, en Agricultura y medio ambiente
LAS DECISIONES AMBIENTALES TRASCIENDEN EN EL TIEMPO, CASO CALICA

 ·         La responsabilidad de la Semarnap respecto a los impactos al medio ambiente es ineludible.

 A fin de seguir informando a la población sobre las acciones de administraciones previas y su impacto negativo contra el medio ambiente y los recursos naturales de nuestro país, se hacen las siguientes precisiones en torno al caso del proyecto minero de la empresa Calica y el papel de la entonces Semarnap.

En 1986 se realizó la firma de un Acuerdo que autorizó la explotación del predio La Rosita (1,200 hectáreas) a través del Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología, Manuel Camacho Solís, el gobernador del Estado de Quintana Roo, Pedro Joaquín Coldwell, y la empresa, representada por Gilberto Borja Navarrete. Actualmente, este es el predio más impactado ambientalmente.

Si bien es cierto que el proyecto contó desde 1996 con autorización del gobierno estatal para su desarrollo en los predios La Adelita (882.13 hectáreas) y El Corchalito (369.30 hectáreas) con un total 1,251.43 hectáreas, fue bajo la titularidad de Julia Carabias en la Semarnap que se permitió la actividad minera por debajo del manto freático (liga a la MIA) a diferencia de los permisos anteriores, lo que consintió el aprovechamiento de 7 hectáreas anuales de roca caliza (140 ha en 20 años) a la empresa.

Esta autorización se realizó el 30 de noviembre del año 2000, último día de gestión del presidente Ernesto Zedillo y de la secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, Julia Carabias. Destaca que en ese mismo mes se otorgó el 23% de las autorizaciones de todo el año 2000.

Así, la responsabilidad de la Semarnap respecto a los impactos al medio ambiente es ineludible, y resulta incongruente manifestar que se vela por la protección de los recursos naturales a través de condicionantes a una actividad cuyo desarrollo es irreparable en términos ambientales.

Como se señaló en el comunicado de prensa de fecha 3 de febrero de 2022 de esta Secretaría, la minería debajo del manto freático representa la pérdida definitiva e irrecuperable del subsuelo, afectaciones a los acuíferos y a los ecosistemas, entre otros elementos que, aunados a los impactos previos en la superficie por la minería a cielo abierto que destruyó la flora y la fauna, han representado un daño insalvable a la zona.

Por otro lado, la modificación que hizo el gobierno del estado en 2009 a su plan de ordenamiento ecológico fue para no permitir ese tipo de actividades extractivas en la zona, lo que pone en evidencia el conocimiento de que la autorización fue en detrimento del medio ambiente y la conciencia de que las responsabilidades al emitir autorizaciones de tal tipo trascienden en el tiempo y van más allá de lo que en papel se registra, pues sus efectos son directos en el territorio.

Actualmente, el Estado mexicano hace frente a un arbitraje internacional para detener estas prácticas que ponen en riesgo el patrimonio natural de las y los mexicanos y atentan contra el derecho a un medio ambiente sano para estas y las futuras generaciones.

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